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RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL SECTORIAL N° 1396-2019-GR.CAJ/DRSC-DESA-UHAZ

Jueves, 4 Julio, 2019 - 12:00
Numero : 
1396

ARTICULO PRIMERO: OTORGAR la Certificación de Principios Generales de Higiene (PGH) del Codex Alimentarius, al establecimiento de la empresa AGRONEGOCIOS & CIA S.A.C., ubicado en Calle Mariscal Castilla N° 1873. Sector Pueblo Libre - Distrito Jaén, Provincia Jaén, Departamento Cajamarca según solicitud.
ARTICULO SEGUNDO: La presente Certificación de Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius, abarca a su establecimiento para los procesos de Almacenamiento y Distribución de Alimentos Industrializados No perecibles destinados al Consumo Humano, para el Programa Nacional de Alimentación Escolas Qali Warma, de acuerdo a la solicitud presentada por la administrada.
ARTICULO TERCERO: La vigencia de la Certificación de Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius, que se otorga mediante la presente Resolución Regional Sectorial es de dos (02) años, contados a partir de la fecha de emisión de la misma, de conformidad a lo establecido en el articulo 58-B del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-SA; incorporado por el Decreto Supremo N° 004-2014-SA.
ARTICULO CUARTO: La empresa certificada se encuenrta obligada a mantener los registros y docuemtnos que sustenten la aplicación de los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius, en forma precisa y consolidada en un expediente a disposición de la Dirección Ejcutiva de Salud Ambiental, cuando esta lo requiera; asimismo está obligada a mantener las condiciones sanitarias en las cuales se otroga la certificación, durante la vigencia de la presente resolución, asi como contar con la certificación vigente durante el ejercicio de si producción.
ARTICULO QUINTO: La certificación de Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius, que se otorga se encuentra sujeta a las acciones de control que la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental disponga, la que podrá dejarla sin efecto conforme a Ley.
ARTICULO SEXTO: Notificar la presente Resolución Regional Sectorial al solicitante, conforme Ley.