"Año de la lucha contra la corrupción e impunidad"
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ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al Servicio Médico de Apoyo en el campo clínico de Medicina y Rehabilitación, ¨CENTRO MUNICIPAL DE TERAPIA FÍSICA Y REHABILITACIÓN¨, y de razón social ¨MUNICIPAL PROVINCIAL DE CELENDIN¨, ubicado en el jirón Cáceres N° 707, distrito, Provincia Celendin y departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El Servicio Médico de Apoyo señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con el detalle del Anexo que forma parte de ella.
ARTÍCULO TERCERO: La clasificación otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de clasificación.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.