"Año de la lucha contra la corrupción e impunidad"
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ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADA la Petición administrativa respecto al reconocimiento de la bonificación diferencial prevista en el artículo 184° de la Ley N° 25303 en base a la remuneración total en forma permanente, el pago de los reintegros de la bonificaciones diferenciales del 16% de los conceptos remunerativos contemplados en el articulo 2° de los Decreto de Urgencia N° 090-96 y el pago de intereses legales, presentada por el servidor CASTREJON CUEVA LUIS GUILLERMO. Ello por las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución al interesado con las formalidades de ley.