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Resoluciones Emitidas

Lunes, 8 Julio, 2019 - 10:38

ARTÍCULO PRIMERO: RENOVAR EL DESTAQUE, en vía de regularización por Necesidad de servicio a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019, a la servidora civil Maria Inés Fernández Varas, Medico I, Nivel Remunerativo M-1, Especialista de Administración en Salud, nombrada en el Puesto de Salud Cuyumalca, Sub Región de Salud Chota, para prestar sus servicios en el Hospital Regional Docente Cajamarca, Dirección Regional de Salud Cajamarca, por las razones expuestas en la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO: El citado servidor seguirá percibiendo sus remuneraciones que por Ley les corresponde en su Establecimiento de Salud de origen.
ARTÍCULO TERCERO: La Oficina de Recursos Humanos de destino, informará mensualmente a la Oficina de Recursos Humanos de Origen, bajo responsabilidad el récord de asistencia del referido servidor para efectos del pago de sus haberes.

Viernes, 5 Julio, 2019 - 10:18

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir del 05 de Julio del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, la ¨Comisión de Apelación que recibirá y resolverá en segunda y ultima instancia los recursos de apelación del personal contratado por servicios personales en el sector publico bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico de la Unidad Ejecutora 400 - 785 Salud Cajamarca, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, la misma que quedara conformada de la siguiente manera:¨
ARTICULO SEGUNDO: Los miembros de la Comisión de Apelación se inhibirán de resolver en segunda y ultima instancia los recursos de apelación del personal contratado, en el caso de existir vinculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, convivencia o unión de hecho ser el caso, del contrato sujeto a nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO: Otorgado a la citada Comisión el respaldo y las garantías necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas.

Viernes, 5 Julio, 2019 - 10:18

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir del 05 de Julio del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, la ¨Comisión de Apelación que recibirá y resolverá en segunda y ultima instancia los recursos de apelación del personal contratado por servicios personales en el sector publico bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico de la Unidad Ejecutora 400 - 785 Salud Cajamarca, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, la misma que quedara conformada de la siguiente manera:¨
ARTICULO SEGUNDO: Los miembros de la Comisión de Apelación se inhibirán de resolver en segunda y ultima instancia los recursos de apelación del personal contratado, en el caso de existir vinculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, convivencia o unión de hecho ser el caso, del contrato sujeto a nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO: Otorgado a la citada Comisión el respaldo y las garantías necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas.

Martes, 26 Noviembre, 2019 - 10:03

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir del 05 de Julio del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente de la presente Resolución, Comisión para el Nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector Publico de la Unidad Ejecutora 400 - 785 Salud Cajamarca, la misma que quedara conformada de la siguiente manera:
ARTICULO SEGUNDO: Los miembros de las Comisiones de Nombramiento se inhibirán de la evaluación del personal contratado, en el caso de existir vinculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, convivencia o unión de hecho de ser el caso,del contrato sujeto a nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO: Otorgar a la citada Comisión el respaldo y las garantías necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas.

Martes, 26 Noviembre, 2019 - 10:03

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir del 05 de Julio del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente de la presente Resolución, Comisión para el Nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector Publico de la Unidad Ejecutora 400 - 785 Salud Cajamarca, la misma que quedara conformada de la siguiente manera:
ARTICULO SEGUNDO: Los miembros de las Comisiones de Nombramiento se inhibirán de la evaluación del personal contratado, en el caso de existir vinculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, convivencia o unión de hecho de ser el caso,del contrato sujeto a nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO: Otorgar a la citada Comisión el respaldo y las garantías necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas.

Martes, 26 Noviembre, 2019 - 10:03

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir del 05 de Julio del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente de la presente Resolución, Comisión para el Nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector Publico de la Unidad Ejecutora 400 - 785 Salud Cajamarca, la misma que quedara conformada de la siguiente manera:
ARTICULO SEGUNDO: Los miembros de las Comisiones de Nombramiento se inhibirán de la evaluación del personal contratado, en el caso de existir vinculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, convivencia o unión de hecho de ser el caso,del contrato sujeto a nombramiento.
ARTÍCULO TERCERO: Otorgar a la citada Comisión el respaldo y las garantías necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas.

Viernes, 5 Julio, 2019 - 09:33

ARTÍCULO PRIMERO: CONTRATAR, Bajo la Modalidad de Suplencia Temporal, a Partir del 01 de julio al 31 de julio del 2019 a doña: Veronica Raquel SOLORZANO QUISPE, en la plaza N° 0506 - AIRSHP y con N° 179536 - PLH, en remplazo del ex - servidor don: Gilberto Rafael Rojas Saldaña, Cargo de Técnico Administrativo I, Nivel Remunerativo STF, para que labore en la Secretaria de la Dirección General, de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, Gobierno Regional de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que el presente contrato se realiza de manera excepcional, por Necesidad de Servicio, en tanto se lleve a cabo las gestiones para la convocatoria del Concurso Publico de Méritos para las plazas vacantes, en el merco de lo establecido en el Articulo 5° de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Publico y el Articulo IV del titulo preliminar del D.L: 1023.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER que los servicios prestados en esta condición no generan derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera administrativa, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
ARTICULO CUARTO: ESTABLECER que las personas Contratadas no Podrán invocar causal alguna para ser nombrado, quedando a salvo su derecho para postular a las plazas que de acuerdo a las necesidades del servicio requieran ser cubiertas en su oportunidad por Concurso Publico de Meritos.
ARTICULO QUINTO: DISPONER que el egreso que demande la presente Resolución, se afectara a la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, Clasificador del Gasto 2.1 ¨Personal y Obligaciones Sociales¨ de la Unidad Ejecutora 400 - Salud Cajamarca, de la Dirección Regional de4 Salud Cajamarca

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