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Resoluciones Emitidas

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 12:42

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD HUALGAYOC - BAMBAMARCA¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 12:36

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD HUALGAYOC - BAMBAMARCA¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 12:21

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD HUALGAYOC - HUALGAYOC¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 12:05

ARTICULO PRIMERO: RECTIFICAR el Artículo Primero y Segundo de la Resolución Regional Sectorial N° 1610-2019-GR.CAJ/DRS-OE.GD.RR.HH, por existir error de escritura, únicamente en lo referente a la fecha en la cual se da por Concluida la Designación de Funciones al M.C. Edwin Yober Gavidia Olivera y término empleado al haber considerado Asignar debiendo ser Designar, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO: Como consecuencia de lo señalado en el Artículo precedente rectificar la fecha y término empleado.
ARTICULO TERCERO: Queda en vigencia los demás contenidos de la Resolución Regional Sectorial N° 1610-2019-GR.CAJ/DRS-OE.GD.RR.HH de fecha 14 de Agosto del 2019.

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 11:49

ARTICULO UNICO: Expedir en vía de regularización a doña: REGINA EDITH, LEON CABRERA, Cirujano Dentista, la presente Resolución, que certifica haber cumplido el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, en el Puesto de Salud Malcas, distrito Condebamba, provincia Cajabamba y región Cajamarca, Quintil 1: 10 puntos, de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, Modalidad Remunerado con Presupuesto Nacional, desde el 06 de mayo de 2016 hasta el 05 de mayo de 2017;

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 11:41

ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADA la petición administrativa interpuesta por la servidora Pública EUDOMILIA RODRIGUEZ NOVOA quien solicita el reconocimiento económico y reintegro de la asignación que establece el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 037-94 en planilla regular y continua, así como el pago de los devengados e intereses legales; por las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en la presente.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada.

Lunes, 30 Setiembre, 2019 - 11:28

ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el Comité de Evaluación de la Propuesta de Cartera de Servicios, requisito para la elaboración de los Perfiles de los Estudios de Pre inversión de los Establecimientos de salud de la jurisdicción de la Dirección Regional de Salud de Cajamarca, el mismo que estará integrado por:
ARTICULO SEGUNDO: El Comité de Evaluación, tendrá la función de:
ARTÍCULO TERCERO: Hacer de conocimiento de la presente Resolución a todas las instancias correspondientes a fin que se les reconozca como tal y se les otorgue el apoyo que requiera para su implementación y funcionamiento.

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