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RESOLUCION DIRECTOTAL REGIONAL SECTORIAL N°2113-2019-GR.CAJ/DRS-A.J.

Martes, 31 Diciembre, 2019 - 09:10
Numero : 
2113

ARTICULO PRIMERO: DISPONER la acumulación de los procedimientos administrativos, como consecuencia de los recursos administrativos de apelación contra la Resolución Directoral N° 309-2019-GR.CAJ/DRSJ-DG/OAJ, formulados por los servidores públicos CARMEN MARITZA COLCHADO MONTES DE OCA, POLIDORO COPIA CAMPOS, MANUEL ANTONIO ESPINOZA PAZ, MIRIAN ESTELA ROMERO, GLADYS BETTY FALLA SERQUEN, YURI ALDRIN VENTURA GARCIA y HEREDEROS, SALATIEL VENTURA RAMOS, GLORIA ARACELI CASTRO CORONADO, CESAR DURAND CERVANTES RAMOS Y RUTH RENE CHAVEZ RAMIREZ.
ARTICULO SEGUNDO: Declarar INFUNDADO los recursos administrativos de apelación presentados por los servidores públicos CARMEN MARITZA COLCHADO MONTES DE OCA, POLIDORO COPIA CAMPOS, MANUEL ANTONIO ESPINOZA PAZ, MIRIAN ESTELA ROMERO, GLADYS BETTY FALLA SERQUEN, YURI ALDRIN VENTURA GARCIA y HEREDEROS, SALATIEL VENTURA RAMOS, GLORIA ARACELI CASTRO CORONADO, CESAR DURAND CERVANTES RAMOS Y RUTH RENE CHAVEZ RAMIREZ, quienes solicitan el reconocimiento de pago del Decreto Ley N° 26504 por permanencia en el sistema nacional de pensiones, bonificación especial otorgada con Decreto de urgencia N° 090-96, bonificación especial otorgada con Decreto de Urgencia N°090-96, bonificación otorgada con Decreto de Urgencia N° 073-97, bonificación básica de S/. 50.00 y Decreto Supremo N° 028-89-PCM, que establece el Decreto de Urgencia N° 105-2001, y cumplan con reconocimiento y pago de devengados mas intereses legales a parir del mes de setiembre del 2001 a la actualidad. Ello por los fundamentos de hecho y de derecho expuestas en la presente; dándose por agotada la vía administrativa.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a los interesados con la formalidades de ley.