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Resoluciones Emitidas

Lunes, 21 Octubre, 2019 - 09:37

ARTICULO PRIMERO: Autorizar la exhumación, traslado e inhumación de los Restos Humanos de quien en vida fue: Joven. ALEXIS MANUEL ABANTO PLASENCIA, quien se encuentra sepultado en el macizo ¨Virgen de las Mercedes¨, lado ¨B¨, 1era fila, nicho N° 06, dentro del cementerio general de Cajamarca, Distrito de Cajamarca, cuyos restos datan del 24 de mayo del año 2018. Los restos exhumados serán trasladados e inhumados en el Mausoleo, Lote 05 - 9na etapa, dentro del mismo cementerio general Cajamarca, Distrito de Cajamarca, Provincia y Regional de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El cumplimiento de la presente resolución queda a cargo de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, mediante la Unidad de Ecología y Protección del Ambiente y Salud Ocupacional en coordinación con la Beneficencia Pública Cajamarca.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 09:57

ARTICULO PRIMERO: RECTIFICAR de oficio la Resolución Regional Sectorial N° 1775-2019-GR.CAJ/DRS-OE.GD.RR.HH de fecha 30 de Setiembre del 2019, en lo concerniente a la fecha de Designación de Funciones de la M.C. Kelly Villalobos Santacruz como Directora de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén, Categoría Remunerativa F-4 y dar por Concluida la Designación de Funciones del M.C. Edwin Yober Gavidia Olivera, como Director de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén, que por error material se consignó la fecha 13 de enero del 2019, siendo lo correcto considerar a partir del 13 de Agosto del 2019, quedando subsistentes los demás extremos de la Resolución Regional Sectorial N° 1610-2019-GR.CAJ/DRS.OE.GD.RR.HH de fecha 14 de Agosto del 2019 y de la Resolución Directoral Regional Sectorial N° 1775-2019-GR.CAJ/DRS.OE-GD.RR.HH de fecha 30 de setiembre del 2019.
ARTICULO SEGUNDO: Notificar la presente Resolución a los interesados para su conocimiento.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 10:17

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD SAN MIGUEL¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 10:26

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD SAN MIGUEL¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 10:30

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD SAN MIGUEL¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 10:34

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD SAN MIGUEL¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Martes, 15 Octubre, 2019 - 10:37

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de Salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD SAN MIGUEL¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla:
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

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