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Resoluciones Emitidas

Martes, 20 Agosto, 2019 - 09:33

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD BAMBAMARCA - HUALGAYOC¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla. Ver cuadro adjunto.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud, debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolución.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicio de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizara la información.

Martes, 20 Agosto, 2019 - 09:26

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD BAMBAMARCA - HUALGAYOC¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla. Ver cuadro adjunto.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud, debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolución.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicio de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizara la información.

Martes, 20 Agosto, 2019 - 07:39

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría al establecimiento de salud con población asignada, de la ¨RED DE SALUD BAMBAMARCA - HUALGAYOC¨, cuya razón social es ¨DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - CAJAMARCA¨, que a continuación se detalla. Ver cuadro adjunto.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud, debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolución.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicio de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizara la información.

Lunes, 19 Agosto, 2019 - 08:20

ARTICULO PRIMERO: ENCARGAR a partir del 01 de Agosto del 2019 a don: JAIME LUIS BARRANTES BARBOZA, Abogado, las Funciones como Director de la Oficina de Asesoría Jurídica (Director de Sistema Administrativo II) Categoría Remunerativa F-3 de la Sede Administrativa Dirección Regional de Salud Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: DAR POR CONCLUIDA, a parir del 01 de Agosto del 2019, la Designación de Funciones que se le hiciera a don: Rolando Rodriguez Vigo, como Director de la Oficina de Asesoría Jurídica (Director de Sistema Administrativo II) Categoría Remunerativa F-3 de la Sede Administrativa Dirección Regional de Salud Cajamarca, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.
ARTICULO TERCERO: Déjese sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente.

Lunes, 19 Agosto, 2019 - 08:11

ARTICULO UNICO: DESCONTAR a los servidores nombrados y contratados (CAS) de la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, Unidad Ejecutora 400 - Salud Cajamarca, por incurrir en INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS, TARDANZAS y Permisos por Motivos Particulares, durante el mes de AGOSTO de 2019, según cuadros adjuntos, los que se encuentran contenidos en OCHO (8) folios y que forman parte de la presente resolución.

Lunes, 19 Agosto, 2019 - 17:07

ARTICULO PRIMERO: Autorizar la exhumación, traslado e inhumación de los Restos Humanos de quien en vida fue: Sr. CATALINO YOPLA QUISPE, quien se encuentra sepultado en Macizo de nichos, en el 4ta nivel, dentro cementerio San Antonio - Plan Tual del Centro Poblado de Huambocancha Alta, Distrito de Cajamarca, cuyos restos datan del 23 de marzo del año 2010. Los restos exhumados serán trasladados e inhumados en el nicho bipersonal (nivel único), dentro del mismo Cementerio San Antonio - Plan Tual del Centro Poblado de Huambocancha Alta, Distrito de Cajamarca, Provincia y Regional de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El cumplimiento de la presente resolución queda a cargo de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, mediante la Unidad de Ecología y Protección del Ambiente y Salud Ocupacional en coordinación con la Beneficencia Pública Cajamarca.

Lunes, 19 Agosto, 2019 - 16:59

ARTICULO PRIMERO: Autorizar la exhumación, traslado e inhumación de los Restos Humanos de quien en vida fue: Sra. FLORMIRA ZAMORA DÍAZ, quien se encuentra sepultada en Mausoleo ubicado en el lote N° 94, 1era etapa, de la Familia Cabellos Cabrera, dentro cementerio general de Cajamarca, Distrito de Cajamarca, cuyos restos datan del 09 de julio del año 2018. Los restos exhumados serán trasladados e inhumados en el Mausoleo ubicado en lote N° 18, 1era etapa de medios lotes para mausoleos, dentro del mismo Cementerio General de Cajamarca, Distrito de Cajamarca, Provincia y Regional de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El cumplimiento de la presente resolución queda a cargo de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, mediante la Unidad de Ecología y Protección del Ambiente y Salud Ocupacional en coordinación con la Beneficencia Pública Cajamarca.

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