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Resoluciones Emitidas

Miércoles, 4 Setiembre, 2019 - 12:47

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría I - 1 al establecimiento de salud sin población asignada, ¨CENTRO MEDICO GALENO¨, cuya razón social es ¨LUMINA COPPER S.A.C¨, ubicado entre los distritos de Encañada y Sorochuco, del distrito Encañada, provincia y departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada; así como las UPSS, servicios y/o procedimientos adicionales a su categoría, señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Miércoles, 4 Setiembre, 2019 - 14:35

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría I - 3 al establecimiento de salud sin población asignada, ¨AUREA ODONTOLOGIA Y MEDICINA ESTÉTICA¨, cuya razón social es ¨AUREA IMPLANT EIRL¨, ubicado en Avenida Norte, lote IA. del distrito, provincia y departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada; así como las UPSS, servicios y/o procedimientos adicionales a su categoría, señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Miércoles, 4 Setiembre, 2019 - 09:27

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Clasificación de Servicio Médico de Apoyo en el campo clínico de Transporte Asistido de Pacientes por vía Terrestre, a la IPRESS de nombre comercial ¨GOLDEN GROUP SERVICE SRL¨, cuya razón social es ¨GOLDEN GROUP SERVICE SRL¨, ubicado en el Jr. Pisagua N° 448-Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El Servicio Médico de Apoyo señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con el detalle del Anexo que forma parte de ella.
ARTÍCULO TERCERO: La clasificación otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicio de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Miércoles, 4 Setiembre, 2019 - 09:53

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría I - 2 al establecimiento de salud sin población asignada, ¨COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ CONSEJO DEPARTAMENTAL CAJAMARCA¨, cuya razón social es ¨COLEGIO ING PERU CONSEJO DPTAL CAJAMARCA¨, ubicado en el jirón Alfonso Ugarte N° 973, primer piso, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada; así como las UPSS, servicios y/o procedimientos adicionales a su categoría, señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicio de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Martes, 3 Setiembre, 2019 - 10:09

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Estudio Definitivo-Especificaciones Tecnicas de la Inversión IOARR, denominada: ¨ADQUISICION DE UNIDAD ODONTOLOGICA; EN EL (LA) EESS CATACHE - CATACHE DISTRITO DE CATACHE, PROVINCIA SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO CAJAMARCA¨, Inscrita en el Banco de Proyectos con el Código Unificado N° 2437935, con los siguientes documentos: ver adjunto cuadros.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que la presente resolución se notifique a los órganos competentes de la U.E. 409 Santa Cruz, de acuerdo a los establecido en los artículos 18° y 24° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones de la DIRESA Cajamarca la difusión de la presente Resolución en el portal Web institucional.

Martes, 3 Setiembre, 2019 - 10:34

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Estudio Definitivo-Especificaciones Tecnicas de la Inversión IOARR, denominada: ¨ADQUISICIÓN DE REFRIGERADORA CONSERVADORA DE MEDICAMENTOS; EN EL(LA) EESS SAN AUGUSTIN - BELLAVISTA DISTRITO DE BELLAVISTA, PROVINCIA JAEN, DEPARTAMENTO CAJAMARCA¨, Inscrita en el Banco de Proyectos con el Código Unificado N° 2438209, con los siguientes documentos: ver adjunto cuadros.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que la presente resolución se notifique a los órganos competentes de la U.E. 403 Salud Jaén, de acuerdo a los establecido en los artículos 18° y 24° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones de la DIRESA Cajamarca la difusión de la presente Resolución en el portal Web institucional.

Martes, 3 Setiembre, 2019 - 11:04

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Estudio Definitivo-Especificaciones Tecnicas de la Inversión IOARR, denominada: ¨ADQUISICIÓN DE REFRIGERADORA CONSERVADORA DE MEDICAMENTOS; EN EL(LA) EESS SAN JOSE DEL ALTO - SAN JOSE DEL ALTO DISTRITO DE SAN JOSE DEL ALTO, PROVINCIA JAEN, DEPARTAMENTO CAJAMARCA¨, Inscrita en el Banco de Proyectos con el Código Unificado N° 2438211, con los siguientes documentos sustentatorios: ver adjunto cuadros.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que la presente resolución se notifique a los órganos competentes de la U.E. 403 Salud Jaén, de acuerdo a los establecido en los artículos 18° y 24° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones de la DIRESA Cajamarca la difusión de la presente Resolución en el portal Web institucional.

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