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Resoluciones Emitidas

Miércoles, 4 Diciembre, 2019 - 15:57

ARTICULO PRIMERO: Autorizar la exhumación, traslado e inhumación de los Restos Humanos de quien en vida fue: Sra. LUCIA COTRINA GARCIA, quien se encuentra sepultada en la zona de sepultura en tierra (cerca del mausoleo del Sr. Udilberto Vásquez), dentro del cementerio general de Cajamarca, Distrito de Cajamarca, cuyos restos datan del 16 de febrero del año 1998. Los restos exhumados serán trasladados e inhumados en el Cementerio General del Centro Poblado de Agocucho, Distrito de Cajamarca, Provincia y Regional de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El cumplimiento de la presente resolución queda a cargo de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, mediante la Unidad de Ecología y Protección del Ambiente y Salud Ocupacional en coordinación con la Beneficencia Pública Cajamarca.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:06

ARTICULO UNICO: APROBAR, a partir de la fecha, EL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BENITO Y LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD CAJAMARCA, documento que debidamente visado y firmado forma parte de la presente resolución y consta de SEIS (06) folios.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:11

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Cartera de Servicios del Hospital Tito Villar Cabezas de la jurisdicción de la RED DE SALUD HUALGAYOC - BAMBAMARCA, según cuadro:
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Cartera de Servicios de Salud aprobada tendrá vigencia de un año, contado a partir de la emisión de la presente Resolución, o en caso varíe su complejidad, el responsable Técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendarios de ocurrido el hecho y solicitar la aprobación de las modificaciones correspondientes, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los anexos que se adjuntan a la presente resolución de 04 folios, forma parte integrante de la misma.
ARTICULO CUARTO: DEJAR SIN EFECTO toda Resolución o acto administrativo que se oponga a la presente Resolución.
ARTICULO QUINTO: DISPONER que la Oficina de Comunicaciones de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, publique de la presente Resolución Directoral Regional Sectorial en el Portal Institucional de la DIRESA, en la dirección electrónica: http://www.diresa.gob.pe.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:18

ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADO el Recurso impugnatorio de Apelación interpuesto por el recurrente JOSE FRANCISCO TERRONES CHUQUIRUNA, contra el acto administrativo contenido en el Informe legal N° 232-2019-HRDC/O.AJ-JHL; por las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en la presente.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:29

ARTICULO PRIMERO: Declarar INFUNDADA la petición administrativa interpuesta por la recurrente ROSA NICIDA MEDINA RAMOS quien peticiona el reconocimiento de la bonificación diferencial de la ley N° 25303 en razón del 30% según lo establecido por el artículo 184° e intereses legales; por las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en la presente.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:35

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Cartera de Servicios de las 39 IPRESS de la jurisdicción de la RED DE SALUD SANTA CRUZ, según cuadro:
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Cartera de Servicios de Salud aprobada tendrá vigencia de un año, contado a partir de la emisión de la presente Resolución, o en caso varíe su complejidad, el responsable Técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendarios de ocurrido el hecho y solicitar la aprobación de las modificaciones correspondientes, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los anexos que se adjuntan a la presente resolución de 110 folios, forma parte integrante de la misma.
ARTICULO CUARTO: DEJAR SIN EFECTO toda Resolución o acto administrativo que se oponga a la presente Resolución.
ARTICULO QUINTO: DISPONER que la Oficina de Comunicaciones de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, publique de la presente Resolución Directoral Regional Sectorial en el Portal Institucional de la DIRESA, en la dirección electrónica: http://www.diresa.gob.pe.

Martes, 3 Diciembre, 2019 - 16:42

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Cartera de Servicios de las 23 IPRESS de la RED DE SALUD CELENDÍN, según cuadro:
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Cartera de Servicios de Salud aprobada tendrá vigencia de un año, contado a partir de la emisión de la presente Resolución, o en caso varíe su complejidad, el responsable Técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendarios de ocurrido el hecho y solicitar la aprobación de las modificaciones correspondientes, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los anexos que se adjuntan a la presente resolución de 54 folios, forma parte integrante de la misma.
ARTICULO CUARTO: DEJAR SIN EFECTO toda Resolución o acto administrativo que se oponga a la presente Resolución.
ARTICULO QUINTO: DISPONER que la Oficina de Comunicaciones de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, publique de la presente Resolución Directoral Regional Sectorial en el Portal Institucional de la DIRESA, en la dirección electrónica: http://www.diresa.gob.pe.

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