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Resoluciones Emitidas

Lunes, 30 Diciembre, 2019 - 08:13

ARTICULO PRIMERO: ACEPTAR LA DONACIÓN de bienes patrimoniales de activo fijo y no despreciable, Apéndice A, de parte de la Municipalidad Distrital de Miguel Iglesias, destinados al Puesto de Salud Jorge Chavéz, por un valor actualizado de mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles (S/.1,500.00), cuyo resumen es el siguiente:
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR EL ALTA de los Bienes muebles del Apéndice A en el registro patrimonial y contable de la entidad por un monto de S/1,500.00 soles correspondiente a las Cuentas del P.C.G. 1503 y 9105.
ARTICULO TERCERO: DISPONER que la Oficina de Control Patrimonial y la Dirección de Contabilidad, efectúen las acciones necesarias para el registro patrimonial y contable de la unidad móvil materia del presente, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad.
ARTICULO CUARTO: COMUNICAR la presente a los Órganos competentes, así como a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

Lunes, 30 Diciembre, 2019 - 08:29

ARTICULO PRIMERO: ACEPTAR LA DONACIÓN de bienes patrimoniales de activo fijo y no depreciable, así como suministro, Apéndice A y Apéndice B, de parte de Minera La Zanja SRL, destinados al Puesto de Salud Gordillos, por un valor actualizado de dieciocho mil ochocientos con 00/100 Soles (S/.18,800.00), cuyo resumen es el siguiente:
ARTICULO SEGUNDO: APROBAR EL ALTA de los Bienes muebles del Apéndice A en el registro patrimonial y contable de la entidad por un monto de S/18,350.00 soles correspondiente a las Cuentas del P.C.G. 1503 y 9105.
ARTICULO TERCERO: DISPONER que la Oficina de Control Patrimonial y la Dirección de Contabilidad, efectúen las acciones necesarias para el registro patrimonial y contable de la unidad móvil materia del presente, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad.
ARTICULO CUARTO: COMUNICAR la presente a los Órganos competentes, así como a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

Lunes, 30 Diciembre, 2019 - 17:25

ARTÍCULO PRIMERO: RENOVAR EL DESTAQUE a partir del 01 de enero al 30 de junio del 2020 a la servidora civil Médico Cirujano LORENA DEL CARMEN RONCAL PASTOR, Médico 1, Nivel Remunerativo M-1, nombrada en el Puesto de salud Otuzco de la Red de Salud Cajamarca de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, al Hospital Maria Auxiliadora, Redes Integradas de Lima Sur, para realizar sus estudios de Residentado Médico en la Especialidad de Endocrinologia.
ARTICULO SEGUNDO: La Médico Residente al finalizar la especialización, tiene la obligación de retornar a su dependencia de origen a prestar servicios por un tiempo similar al de su formación de Especialización, caso contrario reintegrará las remuneraciones percibidas, asi como los gastos financiados por el Estado, sin perjuicio de las acciones Administrativas y legales a que hubiere lugar; igual obligación tienen los residentes que por diferentes causas trunquen el cielo de estudios.
ARTÍCULO TERCERO: La servidora al término del residentado, se halla impedida de hacer uso de licencias por capacitación, en tanto no transcurra un periodo equivalente del tiempo de duración de la presente especialización.
ARTICULO CUARTO: La Oficina de Personal de destino, informará mensualmente a la Oficina de Personal de Origen, bajo responsabilidad el récord de asistencia y desempeño del referido servidor para efecto de pago de sus haberes.

Lunes, 30 Diciembre, 2019 - 17:51

ARTÍCULO PRIMERO: Asignar la Categoría I-3, al establecimiento de Salud sin población asignada, IPRESS ¨SERVI MEDICO S.A.C¨, cuya razón social es ¨SERVI MEDICO S.A.C¨, ubicado en el jirón Ayacucho N° 655, del distrito, Provincia y departamento de Cajamarca.
ARTICULO SEGUNDO: El establecimiento de salud señalado en el artículo primero de la presente resolución, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud, y actividades de atención directa o de soporte, según la categoría asignada; así como las UPSS, servicios y/o procedimientos adicionales a su categoría, señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: La categoría otorgada tendrá una vigencia de 03 años o en caso que varíe su complejidad. El responsable técnico del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho que motiva dicha comunicación y solicitar un nuevo proceso de categorización.
ARTICULO CUARTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable técnico del establecimiento de salud sobre este acto de resolutivo.
ARTICULO QUINTO: Disponer que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección Regional de Salud Cajamarca comunique al responsable del Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de servicios de Salud (RENIPRESS), la asignación de la categoría del Establecimiento de Salud, quien en cinco días útiles actualizará la información.

Viernes, 27 Diciembre, 2019 - 17:59

ARTICULO ÚNICO: ACEPTAR la Incorporación de la Abogada ELIANA CUSMA CASTILLO, a la Comisión de Concurso de la Tercera Convocatoria para realizar la Contratación de Personal bajo la Modalidad de contrato Administrativo de Servicios - CAS para el Año 2019 en la Dirección Regional de Salud Cajamarca, para que participe únicamente en la etapa de entrevista personal de los postulantes al cargo de Auditor - Contador para el Órgano de Control Institucional, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Miércoles, 18 Diciembre, 2019 - 07:38

ARTICULO PRIMERO: Dejar sin efecto la Resolución Regional Sectorial N° 686-2019-GR.CAJ/DRS-OE.GD.RR.HH de fecha 08 de abril del 2019.
ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR, a partir del 17 de Diciembre 2019 a don: JULIO CESAR GUAILUPO ALVAREZ, como responsable de entregar la información de Acceso a la Información Pública, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO: Publiquese una copia de la presente Resolución en un lugar visible en la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Cajamarca.
ARTICULO CUARTO: Déjese sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.

Miércoles, 18 Diciembre, 2019 - 07:54

ARTICULO PRIMERO: ACUMULAR las solicitudes correspondientes a los Expedientes N°s 4890223, 4890217, 4890211, 4890201, 4890194,4890086, 4890299, 4890285, 4890263, 4890255, al guardar conexión entre si.
ARTICULO SEGUNDO: Declarar INFUNDADO los recurso administrativo de apelación de los servidores públicos GREGORIA LUCERO SECLEN MORENO, HECTOR ARTURO SANTISTEBAN MUGUERZA, YRMA CHARITO SANCHEZ VILLALOBOS, BELERMINA SANCHEZ TELLO, MIGUEL ANTONIO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA CRUZ PEREZ ZAMORA, FANY ANITA TORRES CADENILLAS, ELEODORO TANTALEAN PORTOCARRERO, JORGE ENRIQUE TANTALEAN GARCIA, TEODORO DEMETRIO TALLEDO TAMAYO, quienes solicitan el reconocimiento de pago del Decreto Ley N° 26504 por permanencia en el Sistema Nacional de Pensiones, Bonificación Especial otorgada con Decreto de Urgencia N° 090-96, Bonificación Especial otorgada con Decreto de Urgencia N°090-96, Bonificación otorgada con Decreto de Urgencia N° 073-97, Bonificación Básica de S/. 50.00 y Decreto Supremo N° 028-89-PCM, que establece el Decreto de Urgencia N° 105-2001, y cumplan con reconocimiento y pago de devengados más intereses legales a partir del mes de setiembre del 2001 a la actualidad.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a las partes interesadas.

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